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Alejandro Torres Rivera
24 de septiembre de 2026
El pasado 14 de septiembre la Casa Blanca emitió desde su página electrónica, bajo el sugestivo título “A Dream Come True: President Trump Secures Permanent U. S. Control Over Greenland..”, la noticia de un Acuerdo alcanzado entre el Reino de Dinamarca y su gobierno en torno al control permanente por Estados Unidos de la seguridad de Groenlandia. Este Acuerdo estuvo precedido de las declaraciones escritas emitidas a finales del pasado año y comienzos del presente por parte de Donald Trump en su Estrategia Nacional de Seguridad. En ella reclama la anexión de esta inmensa isla perteneciente al Reino de Dinamarca.
El parte de prensa emitido por Casa Blanca cataloga el Acuerdo como “histórico”. Señala que le concede a Estados Unidos “el control permanente de la seguridad y otras necesidades en Groenlandia, sin costo alguno para el pueblo americano.” Se trata, indica, de un Acuerdo sin plazo limitado (“Infinite Life”) que le asegura a Estados Unidos que ningún adversario podrá establecer una base, presencia militar o inversiones sensitivas sin la aprobación expresa de Estados Unidos. A partir del Acuerdo, dicho país podrá desarrollar una amplia presencia militar en Groenlandia y promover el desarrollo de la población en esta isla.
Leer más: Acuerdo negociado entre el Reino de Dinamarca y Estados Unidos en torno a Groenlandia
Buenas tardes colegas, estudiantes, visitantes que nos acompañan en la tarde de hoy.
La Declaración de la Independencia de los Estados Unidos es sin duda un importante documento histórico. Recoge ideas del siglo de la ilustración. Curiosamente habían sido los británicos quienes en el siglo anterior habían cuestionado la monarquía absolutista, adelantando en sus dos revoluciones, la idea de que la soberanía radica en “el pueblo”, no en el monarca que gobierna. En el siglo siguiente pensadores franceses postulaban que la libertad individual era un valor que había que proteger de los abusos de quienes gobernaban. Eso inspiró la revolución que comenzó en 1789 contra lo que llamaron l'ancien régime. Al otro lado del Atlántico, en 1776 los descendientes de los colonos que habían llegado a Norteamérica, siglo y medio atrás, desde Inglaterra y otros países europeos recogieron esas ideas para justificar que, desde el año anterior, mediante lucha armada, se habían rebelado contra la corona británica, con el fin de adelantar sus intereses.
Con un lenguaje atrevido —subversivo— el documento perseguía justificar la decisión de apartarse con violencia del régimen imperante. Invocaron el “derecho natural” superior a un derecho positivo que permitía la opresión de la que decían ser víctimas. Esa conjunción del republicanismo inglés y el liberalismo francés les facilitó invocar colectivamente un derecho a repudiar y derrocar un régimen que consideraban opresivo, con el fin de instaurar sus propios gobiernos. Así pretendían alcanzar la libertad política y económica, y el bienestar general de la población de las colonias.
Alejandro Torres Rivera
16 de septiembre de 2026
El parlamento de Nicaragua aprobó el 1ro. de septiembre en una primera votación y en forma unánime mediante el mecanismo de levantar la mano, enmiendas a la Constitución de este país centroamericano. El evento tuvo lugar en una sesión celebrada en la ciudad de León, localizada a 90 kilómetros de la capital, Managua. Las enmiendas limitarían a cientos de opositores al gobierno sandinista de participar de las siguientes elecciones en el país programadas originalmente para llevarse a cabo el mes de noviembre de 2026.
La medida establece que no podrán ser candidatos a ocupar cargos de elección popular, ni ocupar cargos públicos, los “golpistas” y los “traidores a la Patria”. De acuerdo con el Artículo 1 de la Constitución nicaragüense, los traidores a la patria son quienes atenten contra la independencia, la soberanía, la autodeterminación nacional, la seguridad, la paz, y quienes promuevan la injerencia extranjera en asuntos internos o en el menoscabo de los derechos que da la Constitución. Incluye también a quienes pidan la intervención militar; se organicen con financiamiento proveniente del extranjero; propongan, gestionen o respalden bloqueos económicos, comerciales o financieros; y promuevan sanciones contra el Estado de Nicaragua, sus instituciones y sus ciudadanos.
Leer más: SUSPENSIÓN ELECCIONES EN NICARAGUA: ¿una medida necesaria
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Columnas
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